NIIF 4 · Contratos de Seguro

Párrafo 20C Exención temporal de la NIIF 9

Se permite que una aseguradora que aplique la exención temporal de la NIIF 9 opte por utilizar, solo los requerimientos para la presentación de las ganancias y pérdidas sobre pasivos financieros designados como a valor razonable con cambios en resultados de los párrafos 5.7.1(c), 5.7.7 a 5.7.9, 7.2.14 y B5.7.5 a B5.7.20 de la NIIF 9. Si una aseguradora opta por aplicar esos requerimientos, utilizará las disposiciones de transición relevantes de la NIIF 9, revelará el hecho de que haya aplicado dichos requerimientos y proporcionará, sobre una base de gestión continuada, la información a revelar relacionada establecida en los párrafos 10 y 11 de la NIIF 7 [modificada por la NIIF 9 (2010)].

Norma Internacional de Información Financiera 4, párrafo 20C. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 427 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Exención temporal de la NIIF 9»

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