NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS
Párrafo 46 Realización del encargo
El conocimiento del profesional ejerciente incluirá las siguientes cuestiones: (Ref: Apartados A78, A87, A89) (a) los factores sectoriales, factores relativos a la regulación y otros factores externos pertinentes, incluido el marco de información financiera aplicable; (b) la naturaleza de la entidad, lo que incluye: (i) sus operaciones; (ii) la estructura de la propiedad y del gobierno de la entidad; (iii) los tipos de inversiones que la entidad realiza o tiene previsto realizar; (iv) el modo en que la entidad se estructura y se financia y (v) los objetivos y estrategias de la entidad; (c) los sistemas contables y registros contables de la entidad y (d) la selección y aplicación de políticas contables. El diseño y aplicación de procedimientos 47. Para obtener evidencia suficiente y adecuada como base para una conclusión sobre los estados financieros en su conjunto, el profesional ejerciente diseñará y realizará indagaciones y procedimientos analíticos: (Ref: Apartados A79–A83, A87, A89) (a) para tratar todos los elementos materiales de los estados financieros, incluidas la información a revelar y (b) para centrarse en tratar las áreas de los estados financieros en las que es probable que se produzcan incorrecciones materiales.
Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo 46. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 11 del documento de origen .