NIEA 3410 · Encargos de aseguramiento sobre declaraciones de gases de efecto invernadero

Párrafo A21 Aceptación y continuidad del encargo

La NIEA 3000 (Revisada) requiere que el profesional ejerciente determine si la materia subyacente objeto de análisis es adecuada51. En el caso de una declaración de GEI, las emisiones de la entidad (y eliminaciones y deducciones de emisiones, si corresponde) son la materia subyacente objeto de análisis del encargo. La materia subyacente objeto de análisis será adecuada si, entre otras cosas, las emisiones de la entidad tienen la capacidad de presentar una cuantificación congruente por medio de los criterios adecuados52 A22. Las fuentes de GEI se pueden cuantificar por medio de: (a) la medición directa (o seguimiento directo) de la concentración y tasas de flujo de GEI a través del seguimiento continuo o muestreos periódicos de las emisiones; o (b) la medición de una actividad sustitutiva, tal como el consumo de combustible y el cálculo de emisiones con el uso de, por ejemplo, ecuaciones de balance de masa,53 factores de emisiones específicos de la entidad o factores de emisiones promedio para una región, industria o proceso. Determinación de la adecuación de los criterios Criterios específicamente desarrollados y establecidos (Ref.: Apartado 17(b))

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3410, párrafo A21. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 157 del documento de origen .

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