NIEA 3000 · (Revisada): encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica

Párrafo A200 Otras responsabilidades de comunicación (Ref: Apartado 78)

La NICC 1 (o los requerimientos nacionales que sean al menos igual de exigentes que la NICC 1) requiere que las firmas establezcan políticas y procedimientos para la conservación de la documentación de los encargos. El plazo de conservación en el caso de encargos de aseguramiento es, por lo general, como mínimo de cinco años a partir de la fecha del informe de aseguramiento. 15 NICC 1, apartado 45 16 NICC 1, apartado A54.

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, párrafo A200. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 96 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Otras responsabilidades de comunicación (Ref: Apartado 78)»

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