NIEA 3000 · (Revisada): encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica

Párrafo A183 Formación de la conclusión de aseguramiento

El profesional ejerciente puede firmar en nombre de la firma, en nombre propio o en nombre de ambos, según proceda en la jurisdicción de que se trate. Además de la firma del profesional ejerciente, en algunas jurisdicciones, se puede requerir que el profesional ejerciente haga una declaración en su informe sobre su título profesional o de que dispone de la habilitación de la autoridad pertinente en esa jurisdicción. Fecha (Ref: Apartado 69(n))

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, párrafo A183. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 92 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Formación de la conclusión de aseguramiento»

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