NIEA 3000 · (Revisada): encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica

Párrafo A136 Obtención de evidencia

La confirmación por escrito de manifestaciones orales reduce la posibilidad de malentendidos entre el profesional ejerciente y la parte o partes apropiadas. La persona o personas a las que el profesional ejerciente solicita manifestaciones escritas serán, por lo general, un miembro de la alta dirección o los responsables del gobierno de la entidad, dependiendo de, por ejemplo, la estructura de dirección y de gobierno de la parte o partes apropiadas, que pueden variar en cada jurisdicción y en cada entidad, reflejando las diversas influencias existentes, tales como diferentes entornos culturales y normativos, y las características de dimensión y propiedad.

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, párrafo A136. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 82 del documento de origen .

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