NIC 36 · Deterioro del Valor de los Activos
Párrafo 73 Identificación de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece un activo
Si una entidad determinase que un activo pertenece, en este periodo, a una unidad generadora de efectivo diferente de la que perteneció en periodos anteriores, o que los tipos de activos que forman la unidad generadora de efectivo del activo han cambiado, el párrafo 130 exige revelar ciertas informaciones sobre esta unidad generadora de efectivo, en el caso de que se hubiera reconocido una pérdida por deterioro del valor o una reversión de la misma para la unidad generadora de efectivo.
Norma Internacional de Contabilidad 36, párrafo 73. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 264 del documento de origen .