NIC 36 · Deterioro del Valor de los Activos
Párrafo 66 Identificación de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece un activo
Si existiera algún indicio del deterioro del valor de un activo, el importe recuperable se estimará para el activo individualmente considerado. Si no fuera posible estimar el importe recuperable del activo individual, la entidad determinará el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que el activo pertenece (la unidad generadora de efectivo del activo).
Norma Internacional de Contabilidad 36, párrafo 66. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 263 del documento de origen .