NIC 32 · Instrumentos Financieros: Presentación
Párrafo 47 Compensación de un activo financiero y un pasivo financiero (véanse también los párrafos GA38A a GA38F y GA39)
Las intenciones de la entidad, respecto de la liquidación de activos y pasivos concretos, pueden estar influidas por sus prácticas comerciales habituales, por las exigencias de los mercados financieros o por otras circunstancias que puedan limitar la posibilidad de liquidar los instrumentos por su importe neto o simultáneamente. Cuando la entidad tenga el derecho de compensar, pero no la intención de liquidar en términos netos o de realizar el activo y liquidar el pasivo de forma simultánea, el efecto del derecho sobre la exposición de la entidad al riesgo de crédito se presentará de acuerdo con lo establecido en el párrafo 36 de la NIIF 7.
Norma Internacional de Contabilidad 32, párrafo 47. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 218 del documento de origen .