NIC 1 · Presentación de Estados Financieros

Párrafo 75 Pasivos corrientes

Sin embargo, una entidad clasificará el pasivo como no corriente si el prestamista hubiese acordado, al final del periodo sobre el que se informa, la concesión de un periodo de gracia que finalice al menos doce meses después de esa fecha, dentro de cuyo plazo la entidad puede rectificar la infracción y durante el cual el prestamista no puede exigir el reembolso inmediato.

Norma Internacional de Contabilidad 1, párrafo 75. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 57 del documento de origen .

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