NIA 720 · (Revisada): responsabilidad del auditor con respecto a otra información

Párrafo A47 Respuesta cuando el auditor concluye que existe una incorrección material en la otra información

En el sector público, puede no ser posible renunciar al encargo. En esos casos, el auditor puede emitir un informe dirigido al poder legislativo con los detalles de la cuestión o puede tomar otras medidas adecuadas. Respuesta cuando el auditor concluye que existe una incorrección material en otra información obtenida después de la fecha del informe de auditoría (Ref: Apartado 19)

Norma Internacional de Auditoría 720, párrafo A47. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 484 del documento de origen .

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