NIA 330 · Respuestas del auditor a los riesgos valorados
Párrafo A55 Utilización de la evidencia de auditoría obtenida durante un periodo intermedio (Ref.: Apartado 22)
En algunas circunstancias, el auditor puede considerar que es eficaz aplicar procedimientos sustantivos en una fecha intermedia, y comparar y conciliar la información sobre el saldo al cierre del periodo con la información comparable en la fecha intermedia, con el fin de: a) identificar cantidades que parezcan inusuales; b) investigar, en su caso, dichas cantidades; y c) aplicar procedimientos analíticos sustantivos o pruebas de detalle para analizar el periodo restante hasta el cierre del periodo.
Norma Internacional de Auditoría 330, párrafo A55. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 178 del documento de origen .