NIA 260 · (Revisada): comunicación con los responsables del gobierno de la entidad
Párrafo 23 Documentación
En el caso de que los asuntos que deban ser comunicados en aplicación de esta NIA lo sean verbalmente, el auditor los incluirá en la documentación de auditoría, indicando el momento en el que fueron comunicados y la persona o personas a las que se dirigió dicha comunicación. En el caso de las comunicaciones escritas, el auditor conservará una copia de la comunicación como parte de la documentación de auditoría.137 (Ref.: Apartado A54) *** Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas Responsables del gobierno de la entidad (Ref.: Apartado 11)
Norma Internacional de Auditoría 260, párrafo 23. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 97 del documento de origen .