NIA 210 · Acuerdo de los términos del encargo de auditoría
Párrafo A31 Aceptación de una modificación de los términos del encargo de auditoría
Un cambio de las circunstancias que afectan a la necesidad del servicio, un malentendido relativo a la naturaleza de la auditoría tal como se solicitó en un principio, o una limitación al alcance del encargo de auditoría, ya venga impuesta por la dirección o sea causada por otras circunstancias, pueden dar lugar a que la entidad solicite al auditor una modificación de los términos del encargo de auditoría. El auditor, tal como exige el apartado 14, examinará la justificación de la solicitud y, especialmente, las implicaciones de una limitación al alcance del encargo de auditoría.
Norma Internacional de Auditoría 210, párrafo A31. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 28 del documento de origen .