Marco internacional de encargos de aseguramiento · Marco internacional de encargos de aseguramiento
Párrafo 30 Profesional ejerciente
Si un profesional ejerciente competente, distinto de un profesional de la contabilidad ejerciente que presta servicios en una firma, elige manifestar que ha cumplido una Norma de Aseguramiento, es importante que reconozca que esas normas incluyen requerimientos que reflejan la premisa del apartado 5 referentes al Código de Ética del IESBA y a la NICC 1 u otros requerimientos profesionales o requerimientos contenidos en disposiciones legales o reglamentarias que sean al menos igual de exigentes.
Marco internacional de encargos de aseguramiento, párrafo 30. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 9 del documento de origen .