CINIIF 12 · Acuerdos de Concesión de Servicios
Párrafo 12 Reconocimiento y medición de la contraprestación del acuerdo
Según los términos de los acuerdos que constituyen el alcance de la Interpretación, el operador actúa como suministrador de servicios. El operador construye o mejora la infraestructura (servicios de construcción o mejora) utilizada para proporcionar un servicio público, y la opera y mantiene (servicios de operación) durante un periodo de tiempo específico.
Interpretación CINIIF 12, párrafo 12. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 772 del documento de origen .