Artículo 866 del Estatuto Tributario
Corrección de los actos administrativos y liquidaciones privadas
Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales Título XI — Otras disposiciones procedimentales
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
Podrán corregirse en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, los errores aritméticos o de transcripción cometidos en las providencias, liquidaciones oficiales y demás actos administrativos, mientras no se haya ejercitado la acción Contencioso - Administrativa.
Podrán corregirse en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, los errores aritméticos o de transcripción cometidos en las providencias, liquidaciones oficiales y demás actos administrativos, mientras no se haya ejercitado la acción Contencioso - Administrativa.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
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