Artículo 865 del Estatuto Tributario
El gobierno efectuara las apropiaciones presupuestales para las devoluciones
Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales Título X — Devoluciones
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
El Gobierno efectuará las apropiaciones presupuestales que sean necesarias para garantizar la devolución de los saldos a favor a que tengan derecho los contribuyentes.
El Gobierno efectuará las apropiaciones presupuestales que sean necesarias para garantizar la devolución de los saldos a favor a que tengan derecho los contribuyentes.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
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