Artículo 297-3 del Estatuto Tributario

Causación

Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios Título II — Patrimonio Capítulo V — Impuesto al patrimonio

Expide:
Presidencia de la República
Año:
1989

La obligación legal del impuesto al patrimonio se causa el primero (1) de enero de cada año.

Artículo adicionado por el artículo 39 de la Ley 2277 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:

La obligación legal del impuesto al patrimonio se causa el primero (1) de enero de cada año.

Notas de vigencia

  • Artículo adicionado por el artículo 39 de la Ley 2277 de 2022, 'por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 52.247 de 13 de diciembre de 2022.

Jurisprudencia

Corte Constitucional

  • La Corte Constitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre este artículo por ineptitud de la demanda, mediante Sentencia C-031-25 de 4 de febrero de 2025, Magistrado Ponente Dr. Jorge Enrique Ibáñez Najar.
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El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.

Esta ficha reproduce el texto tal como lo publica la fuente citada y se actualiza cuando la fuente se actualiza. Ante cualquier duda manda la edición oficial, y nada de esto es asesoría profesional.

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