Sección 30 · Conversión de la Moneda Extranjera
Párrafo 30.16 Cambio de moneda funcional
El efecto de un cambio de moneda funcional se contabilizará de forma prospectiva. En otras palabras, una entidad convertirá todas las partidas a la nueva moneda funcional utilizando la tasa de cambio en la fecha en que se produzca la modificación. Los importes convertidos resultantes para partidas no monetarias, se tratarán como sus costos históricos.
NIIF para las Pymes, sección 30, párrafo 30.16. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 120 del documento de origen .