Sección 30 · Conversión de la Moneda Extranjera

Párrafo 30.14 Cambio de moneda funcional

Cuando se produzca un cambio en la moneda funcional de una entidad, ésta aplicará los procedimientos de conversión que sean aplicables a la nueva moneda funcional de forma prospectiva, desde la fecha del cambio.

NIIF para las Pymes, sección 30, párrafo 30.14. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 120 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Cambio de moneda funcional»

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