Sección 28 · Beneficios a los Empleados
Párrafo 28.9 Beneficios post-empleo: distinción entre planes de aportaciones definidas y planes de beneficios definidos
Los beneficios post-empleo incluyen, por ejemplo: (a) beneficios por retiro, tales como las pensiones; y (b) otros beneficios posteriores al empleo, tales como los seguros de vida o los beneficios de asistencia médica. Los acuerdos por los cuales una entidad proporciona beneficios posteriores al empleo se conocen como planes de beneficios post-empleo. Una entidad aplicará esta sección a todos estos acuerdos, con independencia de que los mismos impliquen el establecimiento de una entidad separada para la recepción de las aportaciones y el pago de los beneficios. En algunos casos, estos acuerdos son impuestos por ley y no por un acto de la entidad. En otros casos, estos acuerdos surgen por acciones de la entidad, incluso en ausencia de un plan documentado formal.
NIIF para las Pymes, sección 28, párrafo 28.9. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 106 del documento de origen .