Sección 28 · Beneficios a los Empleados
Párrafo 28.6 Reconocimiento y medición – ausencias remuneradas a corto plazo
Una entidad puede retribuir ausencias de los empleados por varias razones, entre las que se incluyen los permisos retribuidos por vacaciones anuales y las ausencias remuneradas por enfermedad. Algunas ausencias remuneradas a corto plazo se acumulan―pueden trasladarse y utilizarse en periodos futuros si el empleado no utiliza el derecho totalmente en el periodo corriente. Son ejemplos, los permisos retribuidos por vacaciones y las ausencias remuneradas por enfermedad. Una entidad reconocerá el costo esperado de las ausencias remuneradas que se acumulen, a medida que los empleados prestan los servicios que incrementan su derecho a ausencias remuneradas en el futuro. La entidad medirá el costo esperado de las ausencias remuneradas con derechos de carácter acumulativo por el importe adicional no descontado que la entidad espera pagar como consecuencia de los derechos no usados que tiene acumulados al final del periodo sobre el que se informa. La entidad presentará este importe como un pasivo corriente en la fecha de presentación.
NIIF para las Pymes, sección 28, párrafo 28.6. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 105 del documento de origen .