Sección 27 · Deterioro del Valor de los Activos

Párrafo 27.23 Reconocimiento y medición de la pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo

Cualquier importe en exceso de la pérdida por deterioro del valor que no se pueda distribuir a un activo debido a la restricción del párrafo 27.22, se distribuirá entre los demás activos de la unidad de forma proporcional sobre la base del importe en libros de esos otros activos.

NIIF para las Pymes, sección 27, párrafo 27.23. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 102 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Reconocimiento y medición de la pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo»

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