Sección 21 · Provisiones y Contingencias

Párrafo 21.16 Información a revelar sobre activos contingentes

Si es probable una entrada de beneficios económicos (con mayor probabilidad de que ocurra que de lo contrario) pero no prácticamente cierta, una entidad revelará una descripción de la naturaleza de los activos contingentes al final del periodo sobre el que se informa y, a menos que involucrase costos o esfuerzos desproporcionados, una estimación de su efecto financiero, medido utilizando los principios establecidos en los párrafos 21.7 a 21.11. Si esta estimación involucrara esfuerzo o costo desproporcionado, la entidad revelará ese hecho y las razones por las que la estimación del efecto financiero involucraría dicho esfuerzo o costo desproporcionado.

NIIF para las Pymes, sección 21, párrafo 21.16. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 75 del documento de origen .

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