Sección 18 · Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía
Párrafo 18.27 Información a revelar
Una entidad revelará, para cada clase de activos intangibles, lo siguiente: (a) las vidas útiles o las tasas de amortización utilizadas; (b) los métodos de amortización utilizados; (c) el importe en libros bruto y cualquier amortización acumulada (junto con el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor), tanto al principio como al final de cada periodo sobre el que se informa; (d) la partida o partidas, en el estado de resultado integral (y en el estado de resultados, si se presenta) en las que está incluida cualquier amortización de los activos intangibles; y (e) Una conciliación entre los importes en libros al principio y al final del periodo sobre el que se informa, que muestre por separado: (i) las adiciones; (ii) las disposiciones; (iii) las adquisiciones mediante combinaciones de negocios; (iv) la amortización; (v) las pérdidas por deterioro del valor; y (vi) otros cambios. No es necesario presentar esta conciliación para periodos anteriores.
NIIF para las Pymes, sección 18, párrafo 18.27. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 63 del documento de origen .