Sección 18 · Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía
Párrafo 18.18 Medición posterior al reconocimiento
Una entidad medirá los activos intangibles al costo menos cualquier amortización acumulada y cualquier pérdida por deterioro de valor acumulada. Los requerimientos para la amortización se establecen en esta sección. Los requerimientos para el reconocimiento del deterioro del valor se establecen en la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos.
NIIF para las Pymes, sección 18, párrafo 18.18. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 62 del documento de origen .