NIIF 9 · Instrumentos Financieros

Párrafo B6.2.6 Designación de instrumentos de cobertura

Un único instrumento de cobertura puede designarse como un instrumento de cobertura de más de un tipo de riesgo, siempre que exista una designación específica del instrumento de cobertura y de las diferentes posiciones de riesgo como partidas cubiertas. Esas partidas cubiertas pueden estar en relaciones de cobertura diferentes.

Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo B6.2.6. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 575 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Designación de instrumentos de cobertura»

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