NIIF 9 · Instrumentos Financieros
Párrafo 5.4.4 Cancelación
Una entidad reducirá directamente el importe en libros bruto de un activo financiero cuando la entidad no tenga expectativas razonables de recuperar un activo financiero en su totalidad o una parte de éste. Una cancelación constituye un suceso de baja en cuentas [véase el párrafo B3.2.16(r)].
Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo 5.4.4. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 510 del documento de origen .