NIIF 9 · Instrumentos Financieros

Párrafo 5.1.3 5.1 Medición inicial

A pesar del requerimiento del párrafo 5.1.1, en el momento del reconocimiento inicial una entidad medirá las cuentas por cobrar comerciales por su precio de transacción (como se define en la NIIF 15), si dichas cuentas comerciales por cobrar no tienen un componente financiero significativo determinado de acuerdo con la NIIF 15 (o cuando la entidad aplique una solución práctica de acuerdo con el párrafo 63 de la NIIF 15).

Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo 5.1.3. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 508 del documento de origen .

Los demás párrafos de «5.1 Medición inicial»

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