NIIF 11 · Acuerdos Conjuntos
Párrafo 21 Operaciones conjuntas
Un operador conjunto contabilizará los activos, pasivos, ingresos de actividades ordinarias y gastos relativos a su participación en una operación conjunta de acuerdo con las NIIF aplicables en particular a los activos, pasivos, ingresos de actividades ordinarias y gastos.
Norma Internacional de Información Financiera 11, párrafo 21. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 631 del documento de origen .