NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

Párrafo 25 Conciliaciones

Las conciliaciones requeridas por los apartados (a) y (b) del párrafo 24, deberán dar suficiente detalle como para permitir a los usuarios comprender los ajustes significativos realizados en el estado de situación financiera y en el estado del resultado integral. Si la entidad presentó un estado de flujos de efectivo según sus PCGA anteriores, explicará también los ajustes significativos al mismo.

Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo 25. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 352 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Conciliaciones»

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