NIER 2410 · Revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad

Párrafo 25 Indagaciones, procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión

El auditor debe obtener evidencia de que la información financiera intermedia concuerda o ha sido conciliada con los registros contables que la sustentan. El auditor puede obtener evidencia de que la información financiera intermedia concuerda o ha sido conciliada con los registros contables que la sustentan, mediante su comparación con: (a) Los registros contables, tales como el libro mayor o una hoja de consolidación que concuerda o ha sido conciliada con los registros contables. y (b) otros datos de soporte en los registros de la entidad, según sea necesario.

Norma Internacional de Encargos de Revisión 2410, párrafo 25. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 80 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Indagaciones, procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión»

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