NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS

Párrafo A73 Realización del encargo

El juicio del profesional ejerciente sobre lo que se considera material para los estados financieros en su conjunto es el mismo, independientemente del grado de seguridad obtenido por el profesional ejerciente como base para expresar la conclusión sobre los estados financieros. Revisión de la importancia relativa (Ref: Apartado 44)

Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo A73. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 40 del documento de origen .

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