NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS
Párrafo A28 Control de calidad del encargo (Ref: Apartados 24-25)
La actuación del socio del encargo y el envío de mensajes adecuados a los demás miembros del equipo del encargo, cuando el socio del encargo se hace responsable de la calidad global de cada encargo de revisión, enfatizan el hecho de que la calidad es esencial en la realización de un encargo de revisión, y la importancia que tiene para la calidad del encargo: (a) Realizar un trabajo que cumpla las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables. (b) El cumplimiento de las correspondientes políticas y procedimientos de control de calidad de la firma. (c) Emitir un informe en relación con el encargo que sea adecuado teniendo en cuenta las circunstancias. (d) El hecho de que el equipo del encargo pueda manifestar reservas sin temor a represalias.
Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo A28. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 30 del documento de origen .