NIC 8 · Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores

Párrafo 25 Limitaciones a la aplicación retroactiva

Cuando sea impracticable determinar el efecto acumulado, al principio del periodo corriente, por la aplicación de una nueva política contable a todos los periodos anteriores, la entidad ajustará la información comparativa aplicando la nueva política contable de forma prospectiva, desde la fecha más antigua en que sea practicable hacerlo.

Norma Internacional de Contabilidad 8, párrafo 25. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 87 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Limitaciones a la aplicación retroactiva»

Toda la NIC 8 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.