NIC 8 · Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
Párrafo 24 Limitaciones a la aplicación retroactiva
Cuando sea impracticable determinar los efectos que se derivan, en cada periodo específico, del cambio de una política contable sobre la información comparativa en uno o más periodos anteriores para los que se presente información, la entidad aplicará la nueva política contable a los saldos iniciales de los activos y pasivos al principio del periodo más antiguo para el que la aplicación retroactiva sea practicable —que podría ser el propio periodo corriente—y efectuará el correspondiente ajuste a los saldos iniciales de cada componente del patrimonio que se vea afectado para ese periodo.
Norma Internacional de Contabilidad 8, párrafo 24. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 87 del documento de origen .