NIC 36 · Deterioro del Valor de los Activos
Párrafo 114 Reversión de las pérdidas por deterioro del valor
Se revertirá la pérdida por deterioro del valor reconocida en periodos anteriores para un activo, distinto de la plusvalía, si, y sólo si, se hubiese producido un cambio en las estimaciones utilizadas, para determinar el importe recuperable del mismo, desde que se reconoció la última pérdida por deterioro. Si este fuera el caso, se aumentará el importe en libros del activo hasta su importe recuperable, excepto lo dispuesto en el párrafo 117. Ese incremento es una reversión de una pérdida por deterioro del valor.
Norma Internacional de Contabilidad 36, párrafo 114. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 270 del documento de origen .