NIC 12 · Impuesto a las Ganancias
Párrafo 82A Información a revelar
En las circunstancias descritas en el párrafo 52A, la entidad debe revelar la naturaleza de las consecuencias potenciales que podrían producirse, en el impuesto a las ganancias, en el caso de que se pagaran dividendos a sus accionistas. Además, la entidad revelará la cuantía de las consecuencias potenciales, que sea practicable determinar, en el impuesto a las ganancias, así como si hay otras consecuencias potenciales que no es practicable determinar.
Norma Internacional de Contabilidad 12, párrafo 82A. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 115 del documento de origen .