NIA 810 · (Revisada): encargos para informar sobre estados financieros resumidos

Párrafo 19 Informe de auditoría sobre estados financieros resumidos

Cuando el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados incluye: (a) una opinión con salvedades de conformidad con la NIA 705 (Revisada) 815; (b) un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones de conformidad con la NIA 706 (Revisada)816; (c) una sección Incertidumbre material relacionada con la Empresa en funcionamiento de conformidad con la NIA 570 (Revisada)817; (d) la comunicación de cuestiones clave de la auditoría de conformidad con la NIA 701818 o (e) una declaración que describe una incorrección material que permanece sin corregir en la otra información de conformidad con la NIA 720 (Revisada)819; y el auditor se ha satisfecho de que los estados financieros resumidos son congruentes, en todos los aspectos materiales con los estados financieros auditados, o son un resumen fiel de estos, de conformidad con los criterios aplicados, el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, además de los elementos mencionados en el apartado 16: (i) Declarará que el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados incluye una opinión con salvedades, un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones, una sección Incertidumbre material relacionada con la Empresa en funcionamiento, la comunicación de cuestiones clave de la auditoría o una declaración que describe una incorrección material no corregida en la otra información; y (Ref: Apartado A21) (ii) Describirá: (Ref: Apartado A22) a. El fundamento de la opinión con salvedades sobre los estados financieros auditados y su efecto, si lo hubiere, sobre los estados financieros resumidos b. la cuestión a la que se refiere el párrafo de énfasis , el párrafo sobre otras cuestiones o la sección Incertidumbre material relacionada con la Empresa en funcionamiento en el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados; y su efecto, si lo hubiere, sobre los estados financieros resumidos c. La incorrección material no corregida en la otra información y su efecto o efectos, si los hubiere, sobre la información incluida en un documento que contiene los estados financieros resumidos y el informe de auditoría correspondiente. (Ref: Apartado A15)

Norma Internacional de Auditoría 810, párrafo 19. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 538 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Informe de auditoría sobre estados financieros resumidos»

Toda la NIA 810 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.