NIA 501 · Evidencia de auditoría – consideraciones específicas para determinadas áreas
Párrafo A24 Litigios y reclamaciones
En determinadas circunstancias, el auditor puede también juzgar necesario reunirse con los asesores jurídicos externos de la entidad para discutir el resultado probable de los litigios o reclamaciones. Este puede ser el caso, por ejemplo, si: • El auditor determina que la cuestión constituye un riesgo significativo. • La cuestión es compleja. • Existe desacuerdo entre la dirección y los asesores jurídicos externos de la entidad. Por lo general, dichas reuniones requieren la autorización de la dirección y se celebran con la asistencia de un representante de ella.
Norma Internacional de Auditoría 501, párrafo A24. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 219 del documento de origen .