NIA 250 · (Revisada): consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros

Párrafo 26 Comunicación e información sobre incumplimientos identificados o sobre la existencia de indicios de incumplimiento

Si el auditor concluye que el incumplimiento identificado o del que existen indicios tiene un efecto material sobre los estados financieros, y que no ha sido adecuadamente reflejado en ellos, el auditor expresará, de conformidad con la NIA 705 (Revisada), una opinión con salvedades o una opinión desfavorable (adversa) sobre los estados financieros.125 27. Si la dirección o los responsables del gobierno de la entidad impiden al auditor obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para evaluar si se ha producido o es probable que se haya producido un incumplimiento que pueda ser material para los estados financieros, el auditor expresará una opinión con salvedades o denegará la opinión (se abstendrá de opinar) sobre los estados financieros por limitación al alcance de la auditoría, de conformidad con la NIA 705 (Revisada).126 28. Si, debido a limitaciones impuestas por las circunstancias y no por la dirección o por los responsables del gobierno de la entidad, el auditor no puede determinar si se ha producido un incumplimiento, el auditor evaluará el efecto sobre su opinión, de conformidad con la NIA 705 (Revisada). Información a las autoridades competentes ajenas a la entidad sobre incumplimientos identificados o sobre la existencia de indicios de incumplimiento 29. Si el auditor identifica o tiene indicios de un incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, determinará si los requerimientos de las disposiciones legales, reglamentarias o de ética aplicables (Ref: Apartados A28–A3) (a) Requieren que el auditor informe a una autoridad competente ajena a la entidad. (b) Establecen responsabilidades en cumplimiento de las cuales informar a una autoridad competente ajena a la entidad puede ser adecuado en función de las circunstancias.

Norma Internacional de Auditoría 250, párrafo 26. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 86 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Comunicación e información sobre incumplimientos identificados o sobre la existencia de indicios de incumplimiento»

Toda la NIA 250 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.