NIA 250 · (Revisada): consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros

Párrafo 24 Comunicación e información sobre incumplimientos identificados o sobre la existencia de indicios de incumplimiento

Si, a juicio del auditor, el incumplimiento al que se refiere el apartado 23 se considera intencionado y material, el auditor se comunicará con los responsables del gobierno acerca de la cuestión de la entidad tan pronto como sea posible.

Norma Internacional de Auditoría 250, párrafo 24. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 85 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Comunicación e información sobre incumplimientos identificados o sobre la existencia de indicios de incumplimiento»

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