NIA 220 · Control de calidad de la auditoría de estados financieros
Párrafo A35 Seguimiento (Ref.: Apartado 23)
Una deficiencia del sistema de control de calidad de la firma de auditoría no significa necesariamente que un determinado encargo no se haya realizado de conformidad con las normas profesionales y con los requerimientos legales y reglamentarios, o que el informe de auditoría no sea adecuado.
Norma Internacional de Auditoría 220, párrafo A35. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 44 del documento de origen .