NIA 220 · Control de calidad de la auditoría de estados financieros
Párrafo 24 Documentación
El auditor incluirá en la documentación de auditoría:62 (a) Las cuestiones identificadas en relación con el cumplimiento de los requerimientos de ética aplicables y el modo en que fueron resueltas. (b) Las conclusiones en relación con el cumplimiento de los requerimientos de independencia que sean aplicables al encargo de auditoría, y cualquier discusión relevante con la firma de auditoría que sustente dichas conclusiones. (c) Las conclusiones que se hayan alcanzado en relación con la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos de auditoría. (d) La naturaleza, el alcance y las conclusiones de las consultas realizadas en el transcurso del encargo de auditoría. (Ref.: Apartado A36)
Norma Internacional de Auditoría 220, párrafo 24. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 38 del documento de origen .