NIA 220 · Control de calidad de la auditoría de estados financieros
Párrafo 12 Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría
El socio del encargo deberá satisfacerse de que se han aplicado los procedimientos adecuados en relación con la aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos de auditoría, y determinará si las conclusiones alcanzadas al respecto son adecuadas. (Ref.: Apartados A8–A9)
Norma Internacional de Auditoría 220, párrafo 12. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 36 del documento de origen .