Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha · Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha

Párrafo 55 Cumplen la Hipótesis de Negocio en marcha”

La baja en cuentas también procede cuando la entidad no espere obtener beneficios económicos del activo, cuando se disponga de él, o cuando no sea posible su venta, después de realizados todos los esfuerzos posibles para su disposición. Baja en cuenta de los pasivos 56. Una entidad que aplique la base contable del valor neto de liquidación dará de baja en cuenta sus pasivos si, y solo si, la deuda ha sido extinguida, esto es cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada o haya expirado. Un pasivo ha sido extinguido si se cumple con cualquiera de las siguientes condiciones: a. La entidad paga al acreedor su obligación. Los pagos al acreedor podrían incluir lo siguiente: ➢ entrega de dinero ➢ entrega de otros activos financieros o no financieros ➢ entrega de mercancías o servicios b. La entidad es exonerada de la deuda, ya sea judicialmente o directamente por el acreedor. c. Por cualquier otra forma de extinción de obligaciones contempladas las normas legales.

Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, párrafo 55. Anexo 5 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 11 del documento de origen .

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