Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha · Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha

Párrafo 14 Cumplen la Hipótesis de Negocio en marcha”

Algunos de los factores específicos que individual o colectivamente pueden generar dudas significativas sobre la presunción de negocio en marcha, son los siguientes: Financieros Operacionales Legales y otros • Posición patrimonial neta negativa o capital de trabajo negativo. • Préstamos a plazo fijo próximos a su vencimiento sin perspectivas realistas de reembolso o renovación; o dependencia excesiva de préstamos a corto plazo para financiar activos a largo plazo. • Indicios de retirada de apoyo financiero por los acreedores. • Flujos de efectivo de explotación negativos en estados financieros históricos o prospectivos. • Razones financieras claves desfavorables. • Pérdidas de explotación sustanciales o deterioro significativo del valor de los activos utilizados para generar flujos de efectivo. • Atrasos en los pagos de dividendos o suspensión de estos. • Incapacidad de pagar al vencimiento a los acreedores. • Intención de la dirección de liquidar la entidad o de cesar en sus actividades. • Salida de miembros claves de la dirección, sin sustitución. • Pérdida de un mercado importante, de uno o varios clientes claves, de una franquicia, de una licencia o de uno o varios proveedores principales. • Dificultades laborales. • Escases de suministros importantes. • Aparición de un competidor de gran éxito. • Incumplimiento de requerimientos de capital o de otros requerimientos legales. • Procedimientos legales o administrativos pendientes contra la entidad que, si prosperasen, podrían dar lugar a reclamaciones que es improbable que la entidad pueda satisfacer. • Cambios en las disposiciones legales o reglamentarias o en políticas públicas que previsiblemente afectarán negativamente a la entidad. • Catástrofes sin asegurar o aseguradas insuficientemente cuando se producen. • Cuando exista un cese de actividades y no se tenga certidumbre sobre la fecha en la que se reiniciará la operación.

Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, párrafo 14. Anexo 5 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 4 del documento de origen .

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