Marco Conceptual para la Información Financiera · Marco Conceptual para la Información Financiera

Párrafo 4.41 Transferencia de un recurso económico

En las situaciones descritas en el párrafo 4.40, una entidad tiene la obligación de transferir un recurso económico hasta que se ha liquidado, transferido o reemplazado esa obligación.

Marco Conceptual para la Información Financiera, párrafo 4.41. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 17 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Transferencia de un recurso económico»

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