Marco Conceptual para la Información Financiera · Marco Conceptual para la Información Financiera
Párrafo 4.40 Transferencia de un recurso económico
En lugar de satisfacer una obligación de transferir un recurso económico al tercero que tiene el derecho de recibir ese recurso, las entidades, en ocasiones, deciden, por ejemplo: (a) liquidar la obligación negociando su liberación; (b) transferir la obligación a un tercero; o (c) sustituir esa obligación de transferir un recurso económico por otra obligación, realizando una nueva transacción.
Marco Conceptual para la Información Financiera, párrafo 4.40. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 17 del documento de origen .